viernes, 25 de noviembre de 2016

¿USTED CREE QUE LAS CUENTAS DEL ACTIVO TIENEN UN CAMBIO SUSTANCIAL FRENTE A LAS NUEVAS DISPOSICIONES DE LAS NIIF?

De acuerdo a la pregunta formulada y después de haber investigado sobre las NIIF, puedo concluir que las cuentas del activo si han sufrido cambios sustanciales con relación a cómo eran bajo las Normas Generalmente aceptadas en Colombia.
Considero que uno de los principales cambios es la forma de clasificarlos, ya no se harán  por sus características sino por su destinación.

Esta  clasificación detallada de cada uno de sus valores, contenidos en un catálogo de números binarios, para poder sistematizar el proceso contable y que haya un solo lenguaje entre todas los estados financiero.

                CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS SEGÚN LAS  NIF 
La clasificación de las cuentas del activo agrupa el conjunto de las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e intangibles de propiedad del ente económico, que en la medida de su utilización, son fuente potencial de beneficios presentes o futuros. Comprende los siguientes grupos: el disponible, las inversiones, los deudores, los inventarios, las propiedades, planta y equipo, los intangibles, los diferidos, los otros activos y las valorizaciones.
Las cuentas que integran esta clase tendrán saldo de naturaleza débito, con excepción de las provisiones, las depreciaciones, el agotamiento y las amortizaciones acumuladas, que serán deducidas, de manera separada, de los correspondientes grupos de cuentas.

ESTRUCTURA DE CUENTAS DE ACTIVO
·         1         ACTIVOS
            11 -  DISPONILBES
            12 -  INVERSIONES
            13 -  DEUDORES
            14 -  INVENTARIOS
            15 -  PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPOS
            16 -  INTANGIBLES
            17 - DIFERIDOS
            18 - OTROS ACTIVOS
            19 - VALORIZACIONES
Podemos concluir que la aplicación que se venía haciendo del Decreto 2649, la información contable que se estaba expidiendo,  satisfacía los requerimientos fiscales en el país, ya que la aplicación de este decreto se enfocó más a cumplir con las obligaciones tributarias y lo que  exige la DIAN   por lo que ahora las empresas se encuentran ante un dilema, cual  contabilidad llevar, pues aunque según lo dispuesto en  la Ley 1314 de 2009, a partir del año 2016, todas la empresas deben estar  ya emitiendo  reportes bajo  NIIF,  y según  el ART. 165 de la Ley 1607 de 2012 la prevalencia de las normas fiscales se prorroga por cuatro años y en Decreto 2548 de 2014,se exige el manejo de la contabilidad fiscal (Libro Fiscal).

MARBEL CORONEL BADILLO
ESTUDIANTE DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS VIRTUAL
PRIMER SEMESTRE
UNIAMERICANA












http://puc.com.co/1
http://es.slideshare.net/nevudec01/clase-1-activo
http://www.gerencie.com/diferencias-normas-contables-y-niif-ifrs-para-el-tratamiento-de-intangibles-y-activos-diferidos.html